Comité de compras

Descripción

De acuerdo a lo establecido en e l Art. 40 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios de la Universidad de Guadalajara, el Comité de Compras y Adquisiciones de los Centros Universitarios, deberán estar integrados de la siguiente manera:

I. Un representante del Ayuntamiento correspondiente;
II. El Presidente del Consejo Social del Centro Universitario o de los Sistemas
III. Un representante de alguna Cámara de importancia en la localidad;
IV. El Secretario o Director Administrativo del Centro Universitario o de los Sistemas, según corresponda, quien fungirá como Secretario Ejecutivo del Comité;
V. El Secretario o Director Académico del Centro Universitario o de los Sistemas, según corresponda, y
VI. Un representante de la Coordinación General Administrativa, designado por el titular de la dependencia.

Los cargos en los comités serán honoríficos.

Funciones y atribuciones

De acuerdo a lo establecido en e l Art. 40 del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios de la Universidad de Guadalajara, el Comité de Compras y Adquisiciones de los Centros Universitarios, deberán estar integrados de la siguiente manera:

I. Un representante del Ayuntamiento correspondiente;
II. El Presidente del Consejo Social del Centro Universitario o de los Sistemas
III. Un representante de alguna Cámara de importancia en la localidad;
IV. El Secretario o Director Administrativo del Centro Universitario o de los Sistemas, según corresponda, quien fungirá como Secretario Ejecutivo del Comité;
V. El Secretario o Director Académico del Centro Universitario o de los Sistemas, según corresponda, y
VI. Un representante de la Coordinación General Administrativa, designado por el titular de la dependencia.

Los cargos en los comités serán honoríficos.